A partir de junio de este año, importadores de bienes, agentes de aduana, empresas de servicios de transporte de valores y especies monetarias y quienes se dedican a la venta, cesión o transferencia de cartera, estarán obligados a emitir facturas electrónicas al ofrecer sus servicios. Las pequeñas empresas (que facturan de $ 100.001 a $ 1’000.000) se incorporarán a este proceso desde el 1 enero de 2019. La facturación electrónica, impulsada por el Servicio de Rentas Internas (SRI), tiene ventajas tanto para la administración tributaria como para el contribuyente.   El proceso de facturación tiene tres ciclos: la emisión, la autorización y la recepción. El contribuyente emite la factura, la misma que se carga con el sistema del SRI, y una vez autorizada, la factura llega automáticamente al receptor.

Para estar autorizado y utilizar servicio el contribuyente debe contar con una firma electrónica o certificado digital, además hacer una solicitud al SRI para trabajar en un ambiente de prueba y producción donde podrá emitir comprobantes de manera real.

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